¿Qué derechos puede haber violado el Estado brasileño?
La crisis humanitaria de los yanomami es un retrato cruel de políticas públicas que no respetan los derechos colectivos. Con la información que tenemos hasta el momento, nos propusimos responder a la pregunta: ¿qué derechos puede haber violado el Estado brasileño?
Derecho al uso exclusivo de tierras indígenas
Se estima que en la Tierra Indígena Yanomami hay más de 20 mil mineros. La minería es una actividad económica ilegal cuando se realiza en áreas mayores de 50 hectáreas o en Tierras Indígenas. Según la Constitución, “las tierras tradicionalmente ocupadas por los indígenas están destinadas a su posesión permanente, y tienen derecho al uso exclusivo de las riquezas del suelo, ríos y lagos que allí se encuentren”.
Derecho a la vida
Al menos 570 niños han muerto por contaminación con mercurio, desnutrición y hambre. Según el Ministerio de Pueblos Indígenas, la cifra podría ser mayor. El derecho a la vida es una garantía fundamental prevista en el artículo 5, caput de la Constitución Federal brasileña y se entiende tanto como el derecho a “permanecer vivo” como a tener una existencia digna.
Agua
El mercurio se utiliza en la minería para facilitar el proceso de separación del oro y es tóxico para la vida humana y el medio ambiente. Se vierte en aguas de territorios donde se producen prácticas ilegales. El acceso al agua potable y al saneamiento básico es un derecho humano esencial, fundamental y universal, indispensable para una vida digna y reconocido por la ONU como “una condición para el pleno disfrute de la vida y de los demás derechos humanos”.
Seguridad alimentaria
Según el MPF, al cierre de 2022 el 52% de los niños yanomami estaban desnutridos, tasa que en comunidades de difícil acceso llegaba al 80%. El derecho humano a una alimentación adecuada está previsto en los artículos 6 y 227 de la Constitución Federal, definido por la Ley Orgánica de Seguridad Alimentaria y Nutricional, y en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros instrumentos jurídicos internacionales.
Se define como el derecho de cada persona a tener acceso físico y económico ininterrumpido a la alimentación adecuada o a los medios para obtener dicha alimentación, sin comprometer los recursos para obtener otros derechos fundamentales, como la salud y la educación, e incluye también el derecho a acceder a una alimentación adecuada y saludable.
Salud
La atención sanitaria básica se vio interrumpida, con escasez e irregularidades en los contratos de medicamentos. La malaria y las plagas de gusanos se extendieron entre la población de la Tierra Indígena. De los 13.748 niños que cumplían los requisitos para recibir tratamiento contra lombrices en el primer semestre del año pasado, solo 3.555 fueron tratados.
La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en su artículo XXV, establece que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.En otras palabras, el derecho a la salud es inseparable del derecho a la vida, que se inspira en el valor de la igualdad entre las personas.
En Brasil, el derecho a la salud está previsto en el artículo 196 de la Constitución, que establece que “La salud es un derecho de todos y un deber del Estado, garantizado mediante políticas sociales y económicas”.
Derecho a un medio ambiente equilibrado
Las actividades mineras clandestinas provocan deforestación de la vegetación nativa y son responsables de la contaminación del agua, el suelo y el aire por mercurio. Es derecho de todos vivir en un ambiente ecológicamente equilibrado, garantizado en el artículo 225 de la Constitución: “Toda persona tiene derecho a un ambiente ecológicamente equilibrado, bien común del pueblo y esencial para una sana calidad de vida, imponiendo a los Poderes Públicos y a la comunidad el deber de defenderlo y preservarlo para las generaciones presentes y futuras”.
Derecho a la cultura
El derecho a la cultura, a la libertad, a la vida familiar y comunitaria también son derechos presentes en la Constitución brasileña en el artículo 227. También está protegido en el artículo 5º VI el derecho a la libertad de conciencia y de creencias, además de los lugares de culto y de liturgias. Muchos de los lugares donde se realiza la minería ilegal son lugares sagrados para los pueblos indígenas. Esto agrava el sentimiento de falta de respeto hacia las creencias indígenas y las enseñanzas de los ancianos y ancestros sobre determinados lugares de los territorios.
Direito à infância
A proteção à maternidade e à infância também são direitos garantidos pela constituição brasileira no artigo 6º.
O Ministério dos Povos Indígenas divulgou que, somente em 2022, 99 crianças yanomamis de um a quatro anos morreram devido ao avanço do garimpo ilegal. As causas da morte foram, na maioria, por desnutrição, pneumonia e diarreia.
Além disso, estudos da FIOCRUZ apontam que em grávidas, o mercúrio ultrapassa a placenta e o risco é muito maior para o feto, que ainda está em formação. O cérebro do feto é muito mais sensível ao mercúrio e pode comprometer a cognição. Essa criança pode ficar com a inteligência comprometida para o resto da vida, ter danos ou perda de visão, da audição e até mesmo na parte motora.
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