Trámites: El caso se inició en diciembre de 2015, cuando representantes de las comunidades Wayúu presentaron una tutela para detener el Proyecto de Trasvase del Río Bruno debido a sus impactos adversos sobre sus vidas y el medio ambiente.
Principales alegaciones: Los demandantes argumentaron que la desviación del río Bruno amenazaba el ecosistema local al afectar la calidad y disponibilidad del agua, lo que a su vez impactaba las actividades agrícolas y la salud general de las comunidades indígenas Wayúu que dependen de estos recursos. Los demandantes alegaron que el proyecto violaba sus derechos fundamentales al agua, la salud y la seguridad alimentaria, que las evaluaciones de impacto ambiental realizadas eran inadecuadas y que no se había consultado adecuadamente a las comunidades indígenas como lo exige el Convenio 169 de la OIT, que requiere el consentimiento previo e informado de los pueblos indígenas antes de la aprobación del proyecto.
Sentencia: El 28 de noviembre de 2017, la Corte Constitucional falló a favor de las comunidades Wayúu, reconociendo que el proyecto representaba una amenaza importante a sus derechos fundamentales. Los pedidos más importantes incluyeron:
Suspensión de las actividades del Proyecto relacionadas con la desviación del río Bruno hasta que se realicen nuevos estudios integrales de impacto ambiental y social y las consultas correspondientes.
Creación de un Grupo de Trabajo Interinstitucional integrado por representantes gubernamentales, no gubernamentales y de la sociedad civil. Este grupo se encargó de:
- Garantizar la participación significativa de todas las partes interesadas, incluidas las comunidades afectadas.
- Realizar evaluaciones integrales de impacto ambiental y social para abordar las incertidumbres identificadas y evaluar la viabilidad del proyecto.
- Desarrollar un cronograma detallado para estas evaluaciones y asignar responsabilidades específicas para garantizar una ejecución oportuna y efectiva.
3. Garantizar que cualquier proyecto de desarrollo futuro sea sostenible y respete los derechos fundamentales de las comunidades Wayúu.
Desarrollos posteriores: En septiembre de 2023, la Corte Constitucional de Colombia realizó una sesión técnica para verificar el cumplimiento de las resoluciones emitidas en noviembre de 2017, que protegían los derechos de las comunidades wayúu afectadas por el desvío del río Bruno. El propósito de la sesión técnica fue evaluar los avances y resolver desacuerdos sobre el cumplimiento de las órdenes judiciales relacionadas con la participación comunitaria, estudios ambientales y medidas de mitigación.
A pesar de la sentencia judicial, según confirmó la Contraloría General de la República de Colombia, ni las entidades gubernamentales ni la empresa cumplieron las órdenes judiciales. La empresa aceleró sus actividades y desvió el río de todos modos, comprometiendo el medio ambiente y los derechos de las comunidades locales.